Volver a Estudios Bí­blicos

¿QUÉ ES EL PRINCIPIO REGULADOR DE LA ADORACIÓN?

George Whitefield predicando

Por: Paul J. Barth
Traducido al español por: Carlos J. Alarcón Q.

Definición

Solo podemos acercarnos a Dios en sus propios términos, no solo para la salvación, sino también en la adoración. El principio regulador de la adoración (RPW) es la doctrina de que: todo lo que tiene un significado religioso en la adoración debe estar prescrito en las Sagradas Escrituras, ya sea explícitamente o por una consecuencia buena y necesaria, de manera tal que “todo lo que está aparte de la Palabra de Dios está en contra de la Palabra de Dios “1. Dicho de otra manera, “en la adoración de Dios no debe haber nada que se le presente a Dios, sino lo que Él ha ordenado, en lo que sea que nos entrometamos en cuanto a la adoración de Dios, debemos tener una garantía de que ha salido de la Palabra de Dios. “2. En última instancia, el Principio Regulador de la Adoración no es más que la aplicación específica de Sola Scriptura, que solo la Escritura es la regla suficiente para la fe y la vida, para la adoración. La Confesión de Fe de Westminster (capítulo 21:1) define el RPW de esta manera:

“La manera aceptable de adorar al verdadero Dios es instituida por Él mismo, y tan limitada a su propia voluntad revelada, de modo que no se lo puede adorar de acuerdo con la imaginación y los recursos de los hombres, o las sugerencias de Satanás, bajo cualquier representación visible o cualquier otra manera no prescrita en la Sagrada Escritura [Éx. 20:4-6; Deut. 4:15-20; 12:32; Mat. 4:9-10; 15:9; Hechos 17:25; Col. 2:23].

El RPW no es solo una restricción a las cosas contrarias a las Escrituras, es una restricción a las cosas que también son indiferentes, si se instituye para la adoración. La iglesia no puede autorizar nada espiritualmente significativo que no esté “expresamente establecido en las Escrituras, o que se deduzca de las Escrituras por la buena y necesaria consecuencia” (CFW 1:6) sin importar cuán edificantes o beneficiosos podamos pensar que es. Las cosas que son indiferentes, ni ordenadas ni prohibidas, no pueden ser instituidas para la adoración de Dios. En los actos de adoración, porque para Dios “no mandar es prohibir”. 3

“Solo Dios es el Señor de la conciencia [Rom. 14:4; Sant. 4:12], y lo ha dejado libre de las doctrinas y mandamientos de los hombres que están en algo contrario a su Palabra, o apartado de ella, en asuntos de fe o adoración [Mat. 15:9; 23:8-10; Hech. 4:19; 5:29; 1 Cor. 7:23; 2 Cor. 1:24]. De modo que creer en tales doctrinas, u obedecer tales mandatos fuera de la conciencia, es traicionar la verdadera libertad de conciencia [Sal 5:1; Gál. 1:10; 2:4-5; 5:1; Col 2 20-23]; y la exigencia de una fe implícita, y una obediencia absoluta y ciega, es destruir la libertad de conciencia y también la razón [Isa. 8:20; Jer. 8:9; Oseas 5:11; Juan 4:22; Hechos. 17:11; Rom. 10:17; 14:23; Ap. 13:12, 16-17] ”(CFW 20:2).

El RPW se aplica a momentos específicos de adoración, no a toda la vida. El reverendo Matthew Winzer distingue este principio de adoración del sentido en que debemos glorificar a Dios en todo lo que hacemos.

“No es suficiente que un acto de adoración pueda ser justificado sobre la base de los principios bíblicos; esto solo constituye un principio normativo que es aplicable a toda la vida. Se requiere una exégesis fiel, según la cual se debe establecer un derecho divino a partir de la Palabra de Dios para la introducción de una acción o función particular en la adoración y el gobierno de la iglesia. Dicha acción debe demostrarse que está (1) “por encima y totalmente opuesto de todo poder humano y autoridad creada”, (2) “más allá de todo poder, humano o creado, para abolir u oponerse a lo mismo” y (3) “Tan obligatorias para todas las iglesias en todo el mundo cristiano que deben someterse uniformemente a ella en todas sus substancias en la medida de lo posible” (Jus divinum, 7). Esta garantía divina solo puede descubrirse mediante un proceso interpretativo que tenga en cuenta los ejemplos obligatorios, la aprobación divina, los actos divinos y los preceptos divinos de las Sagradas Escrituras (13-35)”4.

ELEMENTOS Y CIRCUNSTANCIAS DE LA ADORACIÓN

El principio regulador de la adoración asume inherentemente la distinción lógica entre elementos y circunstancias. Un elemento es una propiedad esencial que algo debe tener; es eso lo que lo hace lo que es. Una circunstancia es una propiedad no esencial que está relacionada con el elemento pero que se puede cambiar sin afectar el elemento. Usando el papel blanco como ejemplo, la blancura es circunstancial mientras que el papel es lo que es en esencia. Los elementos de adoración están prescritos por las Escrituras, mientras que las circunstancias de adoración naturalmente acompañan esos elementos.

Michael Bushell, resumiendo a Gillespie y Thornwell sobre el poder discrecional de la iglesia con respecto a las circunstancias de la adoración, escribe:

“Nada que tenga un significado religioso puede incorporarse legalmente en la adoración de la iglesia a menos que esté justificado por las Escrituras. La iglesia tiene un poder de discreción limitado sobre algunas circunstancias, a saber, aquellas que (1) carecen de significado espiritual, (2) no se pueden determinar a partir de las Escrituras, (3) son tales que la adoración no se puede realizar de manera ordenada sin ellas, y (4) no son arbitrarios”. 5

Algunos, sin darse cuenta, terminaron metiendo fuego extraño en la adoración de Dios al dejar espacio para las cosas que son edificantes en la categoría de circunstancias de adoración. Al no encontrar una garantía para las cosas en las Escrituras, y estar confundido acerca de la definición de circunstancia, las cosas se han etiquetado como circunstancias que no son circunstanciales. Algo que sentimos que es edificante pero que no tiene autorización en las Escrituras no se convierte de repente en lícito al pegar la etiqueta “circunstancia” en él.

“¿Las circunstancias, como se define en la Confesión de Fe [1:6], dan libertad para practicar cosas que edifican si no están prohibidas por las Escrituras? La respuesta es un no definitivo. Lo que edifica es, por naturaleza, una acción religiosa y, por lo tanto, debe considerarse parte de la adoración. Las circunstancias genuinas no son religiosas y simplemente facilitan la realización de la acción que Dios ha prescrito… Por lo tanto, una circunstancia no es más que un medio de adoración sin ningún significado religioso. Es aquello sin lo cual la acción como acción no podría realizarse. Es un complemento que incidentalmente acompaña a la adoración en lugar de una adición que le afecte cualitativamente. Lo que edifica no es un complemento sino una adición a la adoración de Dios”6.

Los elementos de la adoración en el Nuevo Testamento son la oración [Mat. 6:9; Fil. 4:6; 1 Tim 2:1-2; 1 Juan 5:14], la lectura y la audición de las Escrituras [Neh. 8:8; Hechos 15:21; Ap. 1:3], la predicación y escucha de la Palabra [Neh. 8:8; Mat. 28:19-20; Lucas 24:47; 2 Tim. 4:2], el canto de Salmos [Efe 5:19; Col 3:16; Sant. 5:13], administrar y recibir los sacramentos del bautismo y la Cena del Señor [Mat. 28:19; Hechos 2:42; 1 Cor 11: 23-29], así como juramentos ocasionales [Deut. 6:13; Neh. 10:29] y votos [Isa. 19:21 con Ecle. 5:4-5) 7 y “en ocasiones especiales emergentes, para separar un día o días para el ayuno público o la acción de gracias, como los varios eminentes y extraordinarios las dispensaciones de la providencia de Dios administrarán la causa y la oportunidad a su pueblo “[2 Cron. 20:2-3; Esdras 10; Neh. 9; Joel 1:14, 2:15; Zacar. 2:1-3; Mat. 9: 15].8

Ejemplos de circunstancias de adoración son el tiempo en el Día del Señor y el lugar donde se lleva a cabo el servicio de adoración, el orden de adoración (liturgia), tener bancos o sillas, el tipo de vestimenta que usa la gente, una persona para dirigir a la congregación en el canto (coordinador), etc. Ninguna de estas cosas tiene un significado espiritual, pero son necesarias para la adoración ordenada. “Tan pronto como se le asigna un significado espiritual, un significado sagrado, a cualquier cosa relacionada con la adoración, se convierte en parte también de la adoración.” 9 Por ejemplo, las velas serían una circunstancia de adoración si se usaran para la iluminación, pero tan pronto como se les agregue un significado religioso, como el encendido de las velas de Adviento, se convierte en un elemento ilegal de adoración.

EL PRINCIPIO REGULADOR DE ADORACIÓN PROBADO POR LAS ESCRITURAS

En conclusión, repasaremos brevemente algunas de las escrituras citadas anteriormente desde donde se enseña el Principio Regulador de la Adoración. Mucho se ha escrito acerca de estos versículos y más, por lo que una breve descripción será suficiente.

“No te harás imagen…” [Ex. 20: 4].

El primer mandamiento enseña quién es el verdadero Dios y que solo él debe ser adorado. El segundo mandamiento enseña que solo Dios prescribe cómo quiere ser adorado. Adorar a Dios como nos gustaría es la definición de idolatría. En resumen, “cualquier culto religioso no instituido por Dios mismo” (Catecismo Mayor de Westminster Preg. 109; c.f. Catecismo de Heidelberg Preg. 96) es una violación del segundo mandamiento. Calvino observó acertadamente que el RPW es el corazón del segundo mandamiento:

“Aunque Moisés solo habla de idolatría, sin embargo, no hay duda de que por sinécdoque, como en el resto de la Ley, condena todos los servicios ficticios que los hombres en su ingenio han inventado” (Comentario sobre Éxodo 20: 4).

El propósito del segundo mandamiento se ilustra con más detalle unos versos más adelante, donde el altar es tipológico de la adoración y se nos prohíbe mejorarlo con la obra de nuestras manos: “Y si me hicieres altar de piedras, no las labres de cantería; porque si alzares herramienta sobre él, lo profanarás” [Ex. 20:25].

“Dios estaba enseñando a los israelitas con el ejemplo de que todos sus esfuerzos por mejorar lo que Dios ha mandado no son, de hecho, diferentes de las formas más groseras de la idolatría. Todos los intentos de adornar la adoración con el fin de hacerla más atractiva para los sentidos humanos, ya sea tallar una imagen directamente o simplemente mejorar un altar, estaban prohibidos “10.

Al igual que la salvación no se gana con la obra de nuestras manos, Dios no es “adorado con las manos de los hombres” [Hechos 17:25], todas las formas de adoración diseñadas por el hombre son detestables para él. Puede ser conocido naturalmente que debemos adorar a Dios como a Él le satisface más bien que como a nosotros nos satisfaga [Hechos 17:24-29], pero no podemos saber cómo Dios desea ser adorado a menos que nos lo revele a través de una revelación especial. “Tú eres bueno y haces el bien; Enséñame tus estatutos” [Salmo 119:68]. “Lo que sea que yo te ordene, observa hacerlo: no lo añadirás, ni disminuirás de ello” [Deut. 12:32]. Si bien este pasaje se encuentra en el contexto de las prácticas de adoración del Antiguo Testamento, que desde entonces se han cumplido [Mat. 5:1], el principio moral se aplica incluso en el Nuevo Testamento, donde Dios ha expresado suficientemente en su Palabra todo lo que requiere de nosotros, incluso cómo desea ser adorado [2 Tim. 3: 16-17].

El hecho de que Dios mismo rasgó el velo [Mat. 27:51] y modificó los tipos y sombras ceremoniales del Antiguo Pacto en formas más simples de adoración en el Nuevo Pacto donde adoramos a Dios “en espíritu y en verdad” [Juan 4:23- 24] demuestra la naturaleza del RPW, de que no podemos adorar a Dios por nuestro propio ingenio, solo podemos acercarnos a Dios en la adoración en sus propios términos.

El principio “en espíritu y en verdad” se relaciona directamente con el contenido de la adoración. Si la adoración debe estar en consonancia con la naturaleza de Dios, debe estar de acuerdo con lo que Dios mismo ha revelado y está regulado en cuanto a contenido y modo por Su revelación dada en la Sagrada Escritura. La sanción enunciada excluye toda invención e imaginación humana y nos advierte contra la ofensa y el peligro de ofrecer fuego extraño al Señor. Ningún principio más que esto genera celos para determinar que lo que ofrecemos tiene la garantía de la autoridad divina”11.

G. I. Williamson resume la exposición de Calvino de Juan 4:

Considera a Cristo y la mujer samaritana. Nadie expuso el principio regulativo con más fuerza y ​​claridad que Jesús en su reunión con ella. Como señala Calvino, nuestro Señor “… divide el tema en dos partes. Primero, condena las formas de adorar a Dios que los samaritanos usaban como supersticiosas y falsas, y declara que la forma aceptable y legal era con los judíos. Pone la razón de la diferencia de que los judíos recibieron la seguridad de la Palabra de Dios acerca de su adoración, mientras que los samaritanos no pudieron salir de los labios de Dios. En segundo lugar, declara que las ceremonias observadas por los judíos hasta ahora pronto se terminarían”.

Respecto al primer punto, nuestro Señor dijo: “Vosotros adoráis lo que no sabéis”. Calvino llegó a esta conclusión: “…todas las supuestas buenas intenciones son golpeadas por este rayo, que nos dice que los hombres no pueden hacer nada más que errar cuando están Guiados por su propia opinión sin la Palabra ni el mandamiento de Dios”.

Luego continúa con el segundo punto para decir: “… nos diferenciamos de los padres solo en la forma externa porque en su adoración a Dios estaban obligados a ceremonias que fueron abolidas por la venida de Cristo”.
Entonces, si preguntamos qué significa adorar a Dios “en espíritu y en verdad”, esta es la respuesta de Calvino: “… es quitar las coberturas de las antiguas ceremonias y conservar simplemente lo que es espiritual en la adoración…” Pero el problema es que: “… ya que los hombres son carne… se deleitan en lo que corresponde a sus naturalezas. Es por eso que inventan muchas cosas en la adoración a Dios… [cuando] deben considerar que están tratando con Dios, quien no está más de acuerdo con la carne que el fuego con el agua “.

Adorar a Dios en espíritu y en verdad, entonces, es adorar a Dios de la manera que Él manda, ahora que el Mesías ha venido y cumplido todas las promesas de esa ley ceremonial. Y “es simplemente intolerable”, dice Calvino, “que se debe violar el gobierno establecido por Cristo”. Aquellos que quieran adorar al verdadero Dios, deben aceptar (esa es la palabra que Jesús usó – deben) adorarle en espíritu y en verdad. Cualquier otra forma es inútil.

Dios nos prohíbe que lo adoremos “según nuestro corazón y nuestros ojos”, porque nuestras mentes caídas nos harán ir a “prostituirnos”; la verdadera santidad es adorar a Dios de acuerdo con Sus mandamientos [Núm. 15:39-40]. Solo la mente de Dios puede guiarnos hacia la adoración santa, no podemos hacerlo nosotros mismos. Las ceremonias hechas por el hombre son una afrenta para la Cabeza de la Iglesia porque el hombre no tiene poder ni autoridad para inventar elementos de adoración “por el arte e invención del hombre” [Hechos 17:29; cf. 1 Reyes 12:33]. Asignar un significado espiritual a algo que las Escrituras no lo hacen es el epítome de “adoración voluntaria” (Col. 2:23), es decir, la idolatría.

“¿Qué es la idolatría, si esto no es, para atribuir a los ritos de la concepción del hombre, el poder y la virtud de hacer lo que solo puede hacer Él, a quien pertenece todo poder en el cielo y la tierra?”13 “Ordenanzas… después de los mandamientos y las doctrinas de los hombres “tienen cierta” sabiduría en la adoración voluntaria” [Col. 2:23], es decir, las prácticas de adoración creadas por el corazón y la voluntad del hombre en lugar de por Dios.

Nadab y Abiú fueron muertos por Dios por ofrecer “fuego extraño delante del Señorque él no les mandó” [Lev. 10:1]. El fuego era “extraño”, no porque Dios les ordenó que no lo ofrecieran, sino porque Dios no les había ordenado que lo ofrecieran.14 El arca del pacto debía llevarse con palos sobre los hombros de los levitas [Núm. 4; Ex. 25:12-14], no había mandamiento para transportarlo en un carrito. Uza fue muerto por Dios por tocar el arca del pacto [1 Crón. 13: 9-11], que estaba expresamente prohibido [Núm. 4:15], sin embargo, David se enfoca en el pecado mayor, moviendo el arca de una manera aparte de lo que Dios había mandado. “Porque al principio no lo hicimos, el Señor nuestro Dios nos hizo una brecha, por lo que no lo buscamos después del debido orden” [1 Crón. 15:13]. Dios no estaba molesto con ellos porque les ordenó que no lo llevaran así, sino porque Dios no les había ordenado que lo llevaran así.

Respondiendo él, les dijo: Hipócritas, bien profetizó de vosotros Isaías, como está escrito: Este pueblo de labios me honra, Mas su corazón está lejos de mí. Pues en vano me honran, Enseñando como doctrinas mandamientos de hombres. Porque dejando el mandamiento de Dios, os aferráis a la tradición de los hombres: los lavamientos de los jarros y de los vasos de beber; y hacéis otras muchas cosas semejantes. Les decía también: Bien invalidáis el mandamiento de Dios para guardar vuestra tradición. [Marcos 7:6-9].

John Murray comenta sobre este pasaje:

“La referencia repetida al mandamiento de Dios es de suma importancia. Muestra que nada menos que esto está en la estima de nuestro Señor, el principio regulador de la adoración a Dios. No significa que la “tradición” como tal sea depreciada. Pero sí requiere que cualquier tradición que no esté basada y derivada de la prescripción divina sea de origen y sanción humana e incurre en la condena tan patente en la enseñanza de nuestro Señor sobre este tema. La limpieza del templo por parte de Jesús ilustra sus celos por la santidad de la casa de Dios y el celo sagrado con que se debe expulsar la profanación”. 15

En su exposición del segundo mandamiento, el reformador holandés Zacharius Ursinus vincula estos ejemplos de “tradiciones de hombres” de los evangelios en respuesta a la objeción de que se encuentran muchas pruebas de RPW en el Antiguo Testamento:

“Hay algunos que se oponen a lo que hemos dicho aquí, y afirman en apoyo de la adoración por la voluntad, que los pasajes que hemos citado como condenatorios, hablan solo en referencia a las ceremonias instituidas por Moisés y de los mandamientos ilegales de los hombres, como los que no forman parte de la adoración a Dios; y no de aquellos preceptos que han sido sancionados por la iglesia y los pastores, y que no ordenan nada contrario a la palabra de Dios. Pero que este argumento es falso, puede ser probado por ciertas declaraciones relacionadas con los pasajes de las Escrituras a los que nos hemos referido, que también rechazan aquellas leyes humanas que, por su propia autoridad, prescriben cualquier cosa en referencia a la adoración divina que Dios no ha ordenado, aunque la cosa en sí no es pecaminosa ni prohibida por Dios. Así que Cristo rechaza la tradición que los judíos tenían al lavarse las manos, porque asociaban con ella la idea de la adoración divina, aunque no era pecaminoso en sí mismo, diciendo: “No lo que va a la boca contamina al hombre, pero lo que sale de la boca, esto contamina al hombre.” “Ay de vosotros, escribas y fariseos, hipócritas; porque limpian el exterior de la taza y la bandeja, pero dentro de ustedes están llenos de extorsión y exceso” [Mateo 15:11; 23, 25]. Lo mismo se puede decir del celibato y de la distinción de carnes y días, de los cuales habla el apóstol Pablo [Romanos 14: 6; 1 Timoteo 4: 3] y que él llama “doctrinas de los demonios”, aunque en sí mismos son legales para los piadosos, como lo enseña en otros lugares. Por lo tanto, aquellas cosas que también son en sí mismas indiferentes, que no están ordenadas ni prohibidas por Dios, si se prescriben y se hacen como la adoración de Dios, o si se supone que Dios es honrado por nuestro desempeño, y deshonrado por descuidar ellos, está claramente manifestado que las Escrituras en estos y otros lugares similares los condenan”.16

REFERENCIAS

[1] Samuel Rutherford, The Divine Right of Church Government, p. 119.
[2] Jeremiah Burroughs, Gospel Worship, p. 8.
[3] Rutherford, ibid., p. 96.
[4] Matthew Winzer, Westminster and Worship Examined, The Confessional Presbyterian Journal (2008), p. 254.
[5] Michael Bushell, Songs of Zion, pg. 116.
“Dirijo mi curso directamente a la disección de los límites verdaderos, dentro de los cuales el poder de la iglesia de promulgar leyes sobre las cosas que pertenecen a la adoración de Dios está limitado y confinado, y que no puede saltar ni transgredir. Tres condiciones que me parecen necesariamente necesarias para que la iglesia tenga poder para prescribir por sus leyes: 1º. Debe ser solo una circunstancia de la adoración divina; no parte sustancial de ella; ni ceremonia sagrada significativa y eficaz. Para el orden y la decencia que se deja a la definición de la iglesia, en cuanto a los detalles de la misma, no comprende más que meras circunstancias… 2do. Lo que la iglesia puede prescribir legalmente por sus leyes y ordenanzas, como algo que queda a su determinación, debe ser una de las cosas que no pueden ser determinadas por las Escrituras porque individua son infinita (los casos son infinitos) … 3º. Si la iglesia prescribe cualquier cosa legalmente, de modo que ella no prescriba más de lo que tiene el poder que ella le ha dado para prescribir, sus ordenanzas deben ir acompañadas de alguna buena razón y justificación para la satisfacción de las tiernas conciencias”. (George Gillespie, A Dispute Against the English Popish Ceremonies)
“Las circunstancias son aquellas concomitantes de una acción sin la cual no se puede realizar en absoluto, o no se puede hacer con la decencia y el decoro. La adoración pública, por ejemplo, requiere asambleas públicas, y en las asambleas públicas, la gente debe aparecer con algún traje y asumir alguna postura… Las asambleas públicas, además, no pueden celebrarse sin fijar la hora y el lugar de la reunión: estas son circunstancias que la iglesia tiene la libertad de regular … Debemos distinguir entre aquellas circunstancias que asisten a las acciones como acciones, es decir, sin las cuales no pueden ser acciones, y aquellas circunstancias que, aunque no son esenciales, se agregan como apéndices. Estos últimos no caen dentro de la jurisdicción de la iglesia. Ella no tiene derecho a nombrarlos. Son circunstancias en el sentido de que no pertenecen a la sustancia del acto. No son circunstancias en el sentido de que lo rodean tanto que no pueden separarse de él. Una liturgia es una circunstancia de este tipo… En la adoración pública, de hecho, en todas las acciones externas ordenadas, hay dos elementos: uno fijo y otro variable. El elemento fijo, que involucra la esencia de la cosa, está más allá de la discreción de la iglesia. La variable, que involucra solo las circunstancias de la acción, sus accidentes separables, puede ser cambiada, modificada o alterada, de acuerdo con las exigencias del caso”. (James Henley Thornwell, citado de Reframing Presbyterian Worship: A Critical Survey of the Worship Views of John M. Frame and R. J. Gore, by Frank J. Smith, Ph.D, D.D. and David C. Lachman, Ph.D., The Confessional Presbyterian Journal (2005), p. 117.)

[6] Winzer, ibid., p. 255.
[7] James Fisher’s commentary on questions 53 and 54 of the Westminster Shorter Catechism explica la diferencia entre un juramento y un voto.
P. 17. ¿Qué es un juramento?
A. Es un acto de adoración religiosa, en el cual Dios es invocado solemnemente, o llamado, como testigo de la confirmación de algún asunto en duda.
P. 18. ¿Por qué se dice que es un acto de adoración religiosa?
A. Porque hay, o debería haber en todo juramento formal, una invocación solemne del nombre de Dios, Deut. 6:13 – “Temerás al Señor tu Dios, y jurarás por su nombre”.
P. 55. ¿Qué es un voto?
R. Es un compromiso voluntario y deliberado con Dios solo como parte y que respeta asuntos de carácter sagrado o religioso, Salmo 132: 2-6.
P. 56. ¿Cuál es la diferencia entre un juramento y un voto?
A. En un juramento, el hombre generalmente es la parte, y Dios es presentado como testigo: pero en un voto, Dios mismo es siempre la única parte, además de ser un testigo, Salmo 50:14. Isa. 19:21.
[8] Westminster Directory for the Public Worship of God
[9] James Bannerman, The Church of Christ, p. 335, note 2.
[10] Michael Bushell, Songs of Zion, pg. 164.
[11] John Murray, The Worship of God in the Four Gospels.
[12] G.I. Williamson, The Regulative Principle of Worship.
Ver también el tratado más profundo de Williamson sobre el RPW en Ordained Servant, Vol. 10, No. 4.
[13] George Gillespie, A Dispute Against the English Popish Ceremonies, ch. 4.
[14] Read more about this passage from Jeremiah Burroughs: God Regulates His Worship By His Word.
[15] Murray, ibid.
[16] Zacharius Ursinus, Commentary on the Heidelberg Catechism, p. 257.